Acuerdo de integración

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A partir del 10 de marzo de 2012 el ciudadano extranjero que solicite un permiso de residencia de duración superior a un año debe suscribir, junto con la solicitud, un Acuerdo de integración articulado por créditos.[1] El acuerdo tiene una duración de dos años y puede prorrogarse por otro año.


Quien debe y quien no debe suscribir el acuerdo

El Acuerdo de integración se dirige a los ‘’ciudadanos extranjeros mayores de 16 años que entran en Italia por primera vez y presentan instancia de expedición del permiso de residencia de duración superior a 1 año’’. No están obligados a estipular el acuerdo las siguientes categorías de ciudadanos extranjeros:

  • aquellos que sufren enfermedades o discapacidades que limitan severamente la autosuficiencia o que determinan graves dificultades de aprendizaje lingüístico y cultural;
  • los menores no acompañados sujetos a protección;
  • las víctimas de trata de personas, de violencia o de explotación grave.

Donde se suscribe el acuerdo

El acuerdo se estipula junto con la presentación de la solicitud del permiso de residencia en la ventanilla única para la inmigración de la prefectura-oficina territorial del Gobierno o en la Comisaría de policía competente.

Condiciones del acuerdo

Con la firma del acuerdo, el ciudadano extranjero se compromete a lograr específicos objetivos de integración:

  • obtener un conocimiento de la lengua italiana hablada equivalente al menos al nivel A2;
  • obtener un conocimiento suficiente de los principios fundamentales de la Constitución de la República, de la organización y funcionamiento de las instituciones públicas y de la vida civil en Italia;
  • asegurar que se cumpla la obligación de educación por parte de los hijos menores;
  • cumplir las obligaciones fiscales y contributivas.
  • adherirse a la Carta de los valores de la ciudadanía y de la integración y respetar sus principios.

El Estado, al mismo tiempo, se compromete a:

  • asegurar los derechos fundamentales y la misma dignidad social a las personas;
  • garantizar el control del respeto de las normas de tutela del trabajo dependiente, el pleno acceso a los servicios sanitarios y a la enseñanza obligatoria;
  • favorecer el proceso de integración del interesado;
  • asegurar al interesado, en el plazo de un mes a partir de la estipulación del acuerdo, la participación gratuita en una sesión de formación cívica y de información sobre la vida en Italia de la duración de un día.

El Acuerdo contempla que en el plazo de 2 años el ciudadano extranjero obtenga 30 créditos.

Adquisición y pérdida de los créditos

Los créditos que se requieren al final de los 2 años pueden obtenerse a través de la adquisición de conocimientos relativos a la lengua italiana, a la cultura cívica y vida civil en Italia, y a través de la realización de determinadas actividades, como por ejemplo:

  • cursos de italiano;
  • formación profesional;
  • títulos de estudio;
  • la inscripción al Servicio Nacional de Salud;
  • la estipulación de un contrato de alquiler o certificación de la suscripción de una hipoteca para la compra de una vivienda;
  • la realización de actividades económico-empresariales.

Los créditos obtenidos pueden perderse en cambio en los siguientes casos:

  • sentencias penales condenatorias;
  • aplicación, incluso no definitiva, de medidas de seguridad personales;
  • imposición definitiva de sanciones pecuniarias, de importe no inferior a € 10.000, con relación a infracciones administrativas y fiscales.

Revisión del Acuerdo de integración

Modalidades de revisión

Pasado un mes de la expiración de los dos años a partir de la suscripción del acuerdo, la Ventanilla Única para la Inmigración empieza el procedimiento de revisión que termina con la asignación de los créditos finales y con una de las siguientes decisiones:.

  • Extinción del acuerdo por cumplimiento - Se reconocen créditos superiores a 30 y la consecución del nivel A2 de conocimiento de la lengua italiana hablada y conocimiento de la cultura cívica y de la vida civil en Italia.
  • Prorrogación del acuerdo por un año con las mismas condiciones - Se reconocen créditos finales superiores a 0 pero inferiores a 30 (o bien no se han obtenido los niveles mínimos de conocimiento de la lengua italiana hablada, de la cultura cívica y de la vida civil en Italia.
  • Terminación del acuerdo por incumplimiento – Se reconocen créditos finales igual o inferiores a 0, se decreta la terminación del acuerdo por incumplimiento, con la revocación del permiso de residencia o la denegación de su renovación y la expulsión del extranjero del territorio nacional. En el caso que el extranjero no pueda ser expulsado, se tiene en cuenta el incumplimiento para tomar medidas discrecionales en materia de inmigración.

Exclusión de la revisión del acuerdo

Están excluidos de la revisión de la consecución de los objetivos, los ciudadanos extranjeros que, todo y habiendo firmado el acuerdo de integración, al momento de la revisión son titulares de uno de los siguientes tipos de permiso de residencia:

  • permiso por asilo;
  • solicitud de protección internacional;
  • protección subsidiaria;
  • motivos humanitarios;
  • motivos familiares;
  • permiso de residencia CE para residentes de larga duración;
  • tarjeta de residencia para familiar extranjero de ciudadano de la Unión europea.

También están excluidos de la revisión de la consecución de los objetivos los ciudadanos extranjeros titulares de otro permiso de residencia que hayan ejercido el derecho a la reagrupación familiar.[2]

Notas

  1. La disciplina del acuerdo de integración se encuentra en el art. 4 bis del Texto Único para la inmigración (Decreto Legislativo n.286/1998) y en el "D.P.R.n.179 del 2011" Último acceso 23/04/2015.
  2. Circolare del Ministero dell’Interno, prot. n.0000824 del 10/02/2014” Último acceso 23/04/2015.